Trabajadores de los buques
Se les denomina trabajadores de buques a las personas que realicen alguna actividad remunerada en alguna embarcación o barco que ostente la bandera mexicana. Los sujetos que entran en este tipo de trabajador son los capitanes y oficiales de cubierta y maquinas, los sobrecargos y contadores, los radiotelegrafistas, contramaestres, dragadores, marineros y personal de cámara y cocina, estos para que sean consideraciones por las disposiciones de la ley deberán tener la calidad de mexicanos de nacimiento y para este tipo de trabajo la persona no podrá ser menor de dieciséis años y los que sean menores de 18 años podrán estar en calidad de pañoleros o fogoneros.
Para las condiciones de trabajo se deberán dejar en claro
en un escrito el cual deberá contener lugar y fecha de su celebración, nombre,
nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador y del patrón,
la distribución de las horas de jornada, el monto de los salarios, el período
anual de vacaciones, los derechos y obligaciones del trabajador y las demás
estipulaciones que convengan las partes.
Los patrones tendrán las siguientes
obligaciones con estos trabajadores: Proporcionar abordo los alojamientos
cómodos e higiénicos, proporcionar alimentación sana, abundante y nutritiva,
pagar los costos de la situación de fondos a los familiares de los trabajadores,
en caso de enfermedad que puedan proporcionar la alimentación y alojamiento,
tratamiento médico y medicamentos en casos de enfermedades.
Para la rescisión o terminación de relación de trabajo se manejan varias situaciones, como la falta de asistencia del trabajador a bordo a la hora convenida para la salida o que presentándose, desembarque y no haga el viaje, encontrarse el trabajador en estado de embriaguez en horas de servicio, la cancelación o la revocación de los certificados de aptitud o de las libretas de mar, cuando falten diez días o menos para su vencimiento y se pretenda hacer un nuevo viaje que exceda en duración a este término, la relación no puede terminar cuando el buque esté en el mar o cuando el buque este en el extranjero.
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