Deportistas profesionales

Deportistas profesionales 


Los sujetos que entran en este tipo de trabajadores son los jugadores de futbol, béisbol, frontón, box, luchadores entre otros, sus relaciones de trabajo pueden ser por tiempo determinado o por un tiempo indeterminado o para varias temporadas o eventos, así también sus salarios podrán estipularse por unidad de tiempo o para varios eventos y temporadas.

Esto tipos de trabajadores podrán transferirse a otras empresa o club, y por estas transferencias habrá primas, las cuales deberán estar apegadas a los reglamentos. Para determinar el monto de estas primas deberá realizarse por un acuerdo entre el deportista profesional y la empresa o club tomando en cuenta su antigüedad en la empresa o club, para esto la participación del deportista profesional en la prima será de un veinticinco por ciento, por lo menos, pero si el porcentaje fijado es inferior al cincuenta por ciento, se aumentará en un cinco por ciento por cada año de servicios, hasta llegar a los cincuenta porcientos.

Los deportistas tendrán las siguientes obligaciones como someterse a la disciplina de la empresa o club, estar en las prácticas de preparación y adiestramiento en el lugar y hora que señale la empresa o club, sobre todo efectuar los viajes para los eventos o funciones de conformidad con las disposiciones de la empresa o club y respetar los reglamentos locales, nacionales e internacionales que rijan la práctica de los deportes. Pero tendrán prohibido todo maltrato de palabra o de obra a los jueces o árbitros de los eventos en los que participen, así como respeto a sus propios compañeros y los jugadores contrincantes.


Así como los deportistas profesionales tienen obligaciones también los patrones tendrán obligaciones que cumplir, como mantener un servicio médico que practique reconocimientos periódicos, así como conceder a los trabajadores un día de descanso a la semana. Pero tendrán prohibido exigir a los deportistas que realicen esfuerzo excesivo que pueda poner en peligro su salud y su vida.

Cuando el trabajador tenga una indisciplina grave o las faltas de indisciplina sean repetitivas o el deportista tenga perdida de facultades se podrá realizar la rescisión y terminación de la relación de trabajo.


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